jueves, 4 de diciembre de 2008

principos del caracter de una Secretaria

Son principios fundamentales de las normas éticas de conducta del/la secretario/a los siguientes:

DIGNIDAD: Debe abstenerse de todo comportamiento que suponga infracción o descrédito y desenvolverse en el ejercicio de su profesión con honor y dignidad.

INTEGRIDAD Debe actuar con honradez, lealtad y buena fe.

SECRETO PROFESIONAL Debe observar estrictamente el principio de confidencialidad en los hechos y noticias que conozca por razones del ejercicio de su profesión.
* Además de un deber, observar el secreto profesional es un derecho que ampara el ejercicio de la profesión del/la secretario/a, sin olvidar que existen Leyes que protegen el Secreto Profesional.
* El derecho y la obligación del secreto profesional comprende:
- Las confidencias o información personal de su superior, a que pudiera tener acceso en el ámbito de su ejercicio profesional.
- Los hechos de conocimiento restringido que afecten a sus superiores, compañeros o miembros cualesquiera del colectivo en el que el/la secretario/a desempeñe su labor. Por ejemplo: dossiers personales, profesionales o médicos.
- La información cuyo contenido tenga un valor específico para un lector no autorizado; o cualquier otra información que figure clasificada como confidencial, restringida o con una distribución de personas específicas.
* El/la secretario/a evitará duplicar información confidencial y mantenerla fuera d de los archivos oficiales sin conocimiento de su superior.

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